Comenzamos hoy una de las partes más extensas de las NIA, la Serie 500 – Evidencia de Auditoría. La trataremos de resumir en tres posts, y éste es el primero de ellos. Si te perdiste algún contenido anterior pincha aquí.
La Serie 500 – Evidencia de Auditoría se desglosa en 10 sub-normas que se detallan a continuación:
NIA-ES | Título |
NIA-ES 500 | Evidencia de Auditoría |
NIA-ES 501 | Evidencia de Auditoría – Consideraciones Especiales para determinadas Áreas |
NIA-ES 505 | Confirmaciones Externas |
NIA-ES 510 | Encargos iniciales de Auditoría Saldos de Apertura |
NIA-ES 520 | Procedimientos Analíticos |
NIA-ES 530 | Muestreo de Auditoría |
NIA-ES 540 | Auditoría de estimaciones contables, incluidas las del Valor Razonable, y de la información relacionada a revelar |
NIA-ES 550 | Partes Vinculadas |
NIA-ES 560 | Hechos Posteriores al cierre |
NIA-ES 570 | Empresa en funcionamiento |
NIA-ES 580 | Manifestaciones escritas |
Su equivalente en las anteriores Normas Técnicas de Auditoría es la Resolución del ICAC de 19 de enero de 1991 que regulaba las Normas Técnicas de Carácter General, de Ejecución del Trabajo y sobre Informes.
Esta NIA explica qué es lo que constituye Evidencia de Auditoría. La evidencia es necesaria para sustentar la opinión y el informe de auditoría. Es de naturaleza acumulativa y se obtiene principalmente de la aplicación de los procedimientos de auditoría en el transcurso del trabajo de campo. También puede incluir evidencia procedente de auditorías anteriores, de los registros contables o de expertos externos.
Se desarrolla en los siguientes Requerimientos:
- Evidencia de Auditoría Suficiente y Adecuada
Establece que es responsabilidad del auditor diseñar y aplicar procedimientos de auditoría para obtener la evidencia adecuada y suficiente en la que apoyar su opinión sobre los Estados Financieros de la empresa a la que audita.
La evidencia se obtiene mediante la aplicación de procedimientos de valoración de riesgo en la fase de planificación y de procedimientos de auditoría posteriores en la fase de ejecución del trabajo.
Comprenden, pruebas de controles y procedimientos sustantivos (pruebas en detalle y procedimientos analíticos sustantivos):
-Inspección
-Observación
-Confirmación externa
-Recálculo
-Reejecución
-Procedimientos analíticos (análisis de variaciones y ratios)
-Indagación
- Información que se utilizará como Evidencia de Auditoría
Al realizar el diseño y la aplicación de los procedimientos de auditoría, el auditor considerará la relevancia y fiabilidad de la información que utilizará como Evidencia de Auditoría.
La fiabilidad de la evidencia es mayor cuando:
-Se obtiene de fuentes externas independientes de la entidad (circularización bancaria o de proveedores, por ejemplo)
-Los controles son eficaces
-Es obtenida de forma directa por el auditor
-Se recibe en forma de documento, en lugar de verbalmente
-Se recibe con la documentación original
A veces, la preparación de los Estados Financieros puede requerir especialización en un campo distinto al de la contabilidad o auditoría, como los cálculos actuariales, valoraciones o datos tecnológicos. En estos casos, la empresa auditada suele recurrir al trabajo de expertos en dichos campos.
Si la información a tratar como evidencia se ha preparado utilizando el trabajo de un experto, el auditor:
-Evaluará la competencia, capacidad y la objetividad del experto
-Obtendrá conocimiento del trabajo del experto
-Evaluará la adecuación del trabajo del experto como Evidencia de Auditoría
- Selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas para obtener Evidencia de Auditoría
Al realizar el diseño de las pruebas de controles y de las pruebas de detalle, el auditor determinará medios de selección de los elementos sobre los que se realizarán pruebas que sean eficaces para conseguir la finalidad del procedimiento de auditoría.
- Incongruencia en la Evidencia de Auditoría o reservas sobre su fiabilidad
Nos dice la norma que el auditor deberá considerar las modificaciones o adiciones a los procedimientos de auditoría que sean necesarias para resolver cuestiones sobre incongruencia.
Su equivalente en la normativa anterior es la NTA sobre Evidencia de Auditoría sobre Consideraciones especiales en determinadas áreas (Resolución del ICAC de 19 de septiembre de 2003)
Esta NIA trata en concreto de tres áreas específicas: Existencia, Litigios, Información por Segmentos.
- Existencias
Si las existencias son materiales la norma determina que el auditor obtendrá evidencia mediante:
-Presencia física en el recuento físico de existencias
-Evaluación de las instrucciones y los procedimientos de la dirección
-Observación de la aplicación de los procedimientos de recuento
-Inspección de las existencias
-Realización de pruebas de recuento
-Análisis de las diferencias en el caso en el que el recuento físico se ha realizado en otra fecha diferente a la de los estados financieros.
-Se determinan los procedimientos analíticos en el caso en el que la presencia en el recuento físico no sea factible
-Analizar las existencias custodiadas y controladas por un tercero.
2. Litigios
Para identificar los litigios y las reclamaciones se aplicarán las siguientes pruebas:
-Indagaciones ante la dirección y, en su caso, ante otras personas de la entidad, como los asesores jurídicos internos
-Revisión de las Actas de reuniones de los responsables del gobierno de la compañía
-Revisión de la cuenta de gastos jurídicos
-Carta de indagación a los asesores jurídicos externos
Se especifica que el auditor emitirá un informe de auditoría con opinión modificada (salvedades) en el caso en el que la dirección rehuse dar permiso para comunicarse o reunirse con los asesores jurídicos y no se pueda obtener evidencia de auditoría mediante la aplicación de procedimientos alternativos.
También, en la Carta de Manifestaciones se solicitará a la dirección y a los responsables del gobierno de la compañía que se especifique por escrito que han revelado y contabilizado todos los litigios y reclamaciones existentes o posibles conocidas.
3. Información por Segmentos
Cuando la compañía presente información por segmentos en sus Estados Financieros, el auditor deberá comprobar la corrección de estos datos aplicando procedimientos de auditoría, tales como la comprobación de los cálculos efectuados o las variaciones analíticas.
Su equivalente en la normativa anterior es la NTA sobre Confirmaciones de Terceros (Resolución del ICAC de 24 de junio de 2003)
En esta NIA se aborda el estudio del trabajo del auditor en el caso en el que se aplique como procedimiento de auditoría para obtener evidencia la Confirmación Externa.
Los requerimientos que se establecen son:
- Procedimientos de confirmación externa
Este procedimiento de auditoría se descompone en:
-La determinación de la información que debe confirmarse o solicitarse
-La selección de los que deben confirmar
-El diseño de las solicitudes de confirmación
-Que las respuestas de las solicitudes se envíen directamente al auditor
-El envío de las solicitudes
El auditor debe tener constancia en sus papeles de trabajo del status de cada una de las fases.
- Negativa de la dirección que el auditor envíe una solicitud de confirmación
Si la dirección se negara a este procedimiento, el auditor:
-Indagará los motivos por los cuales se opone
-Evaluará las implicaciones de esta negativa, incluyendo los riesgos de incorrecciones y de fraude
-Aplicará procedimientos de auditoría alternativos
Pero si el auditor concluye que esta negativa no es razonable, o no puede obtener la evidencia necesaria aplicando procedimientos alternativos, emitirá una opinión modificada (con salvedades) en su informe de auditoría.
- Resultados de los procedimientos de confirmación externa
El auditor analizará los resultados de este procedimiento y, en especial, comprobará la fiabilidad de las respuestas, aplicará procedimientos alternativos en los casos de solicitudes sin respuesta e investigará las respuestas en disconformidad.
- Confirmaciones negativas
Las confirmaciones negativas proporcionan una evidencia de auditoría menor que las confirmaciones positivas. Así que éste no será el único procedimiento en un área para obtener la evidencia necesaria, salvo que concluyan todas las circunstancias siguientes:
-El riesgo de incorrección material del área es bajo
-La población seleccionada representa un alto porcentaje del total
-Se prevee un porcentaje muy pequeño de contestaciones en disconformidad
-Se prevee que se obtendrán el 100% de las respuestas
- Evaluación de la evidencia obtenida
Una vez terminada la prueba, el auditor determinará si los resultados le proporcionan la evidencia necesaria, o bien, si debe realizar otros trabajos para obtenerla.